CAMBIO DE USO DE LOCAL A VIVIENDA
En los últimos años la tendencia de los madrileños, y ciudadanos de otros municipios cercanos, a realizar el cambio de uso de local a vivienda, es cada vez mayor.
¿PORQUÉ HACER UN CAMBIO DE USO DE LOCAL A VIVIENDA?
El principal motivo es la creciente dificultad que supone el alquiler y venta de locales comerciales frente a la creciente demanda de viviendas en régimen de venta o alquiler.
La tendencia a la concentración del comercio en nuestras ciudades, bien en centros comerciales, bien en calles muy concretas, provoca que los locales comerciales estén quedando vacíos por lo que mucha gente está recurriendo a su transformación en viviendas. Esto, además, de permitir la explotación del inmueble incrementa su valor global.
En MV hemos asesorado a muchos de estos vecinos que necesitaban ayuda para dar forma a esta necesidad cada vez más presente en nuestra sociedad.
¿EN QUÉ CONSISTE EL CAMBIO DE LOCAL A VIVIENDA?
Se trata de un procedimiento administrativo, mediante el cual, un inmueble destinado al uso comercial pasa a transformase en un inmueble de uso residencial, en todos los sentidos.
El procedimiento de cambio de uso debe incluir:
- – Proyecto técnico, cuya extensión depende del Ayuntamiento, donde se justifique la adecuación del inmueble a la normativa vigente en ese momento para el uso residencial.
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- – CTE, (Código Técnico de la Edificación.
- – Plan General de Ordenación Urbana.
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- – Planeamiento urbanístico del municipio.
- – Las obras necesarias para llevar a cabo la transformación del local a vivienda en base al proyecto técnico.
- – Licencia de Primera Ocupación, tramite de cierre de obras con certificado de final de obras emitido por técnico competente y visita de comprobación por parte del departamento técnico municipal.
Es recomendable realizar un ESTUDIO DE VIABILIDAD previo, a fin de comprobar la viabilidad del cambio de uso del local y detectar posibles impedimentos.
¿QUIÉN HACE EL CAMBIO DE LOCAL A VIVIENDA?
Este tipo de trámite debe llevarlo a cabo un técnico competente, en este caso será un Arquitecto o Arquitecto Técnico.
Es importante que el técnico esté en condiciones de poder realizar y visar proyectos, por lo tanto, deberá disponer de número de colegiación. En caso de duda solicitar que os presente un certificado de colegiación actualizado.
El técnico deberá llevar a cabo los tres procedimientos indicados anteriormente, comprobar que están todos incluidos en el presupuesto.